Opinión

Homo (odio) fobia

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Está por terminar junio, el Mes del Orgullo, denominación que se ganó a pulso, por luchas y vidas de por medio, especialmente por la llamada revolución de Stonewall, que dio inicio la madrugada del 28 de junio de 1969 a causa de la violencia policial ejercida en contra de personas de la diversidad sexual, en el bar de Nueva York que tiene dicho nombre.

Hoy en día el panorama es distinto y las personas de la diversidad sexual han conquistado importantes luchas para el reconocimiento de sus derechos, sin embargo, se siguen encontrando ante una sociedad que les violenta y excluye. Lo que se diría, una sociedad homofóbica (a veces con muchas “fobias”, tan diversas como las personas).

Resulta evidente que la palabra homofobia se compone de dos conceptos: «homo» y “fobia». Según la RAE está última significa «aversión obsesiva a alguien o a algo» o «temor irracional compulsivo», en un contexto en el que, para 2021 y según el Observatorio Nacional de Crímenes de Odio, 73 personas son asesinadas por su identidad de género o preferencia sexual, parecería que dicha terminología no es suficiente. 

Se menciona lo anterior ya que las violaciones a los derechos de las personas de la diversidad sexual son tan graves, que la problemática en México difícilmente deriva de fundamentarse en una “fobia”. Considero que es pertinente catalogar que éstas se desprenden, entonces, del odio. Los miedos o fobias no son, como tal, culpa de la persona que los siente, el odio es algo que se desarrolla a partir del cambio en emociones, algo que en buena medida le corresponde a quien lo siente (ya sea intencional o circunstancial).

¿Por qué responsabilizar a las personas de la diversidad por ejercer su libre desarrollo de la personalidad? ¿Por qué causan “fobia” cuando en nada afectan a otras? Tratar de contestar a estas preguntas en sentido negativo para la comunidad LGBTTIQ+ sería una falacia. Tan es menos cierto que generen miedo que, jurídicamente, se ha construido el término “discurso de odio”, el cual da cuenta de la “discriminación y la violencia en contra de personas o grupos determinados” (ver la Tesis con registro digital 2003626 de la SCJN) , siendo expresiones que perpetúan violencias, pudiendo incluso manifestarse en los conocidos “crímenes de odio”, que actualmente son tipificados como “delitos contra la dignidad de las personas”(artículo 149 Ter del Código Penal Federal a 2022) y buscan dar cuenta de cómo estas “fobias” afectan especialmente a ciertas personas.

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Las personas que pertenecen a la diversidad sexual soportan discriminación, rechazo, persecución, burlas y un sinfín de situaciones que constantemente las ponen en riesgo, de manera que lejos de ser causantes de miedo, ellas, ellos y elles lo sufren.

Es entendible que la palabra homofobia es de importancia para hacer notar aquellos comportamientos que atentan contra la dignidad de las personas, sin embargo, sería prudente pensar en otras formas que responsabilicen del daño a quienes lo ejercen y no pongan la culpa en las personas que salen de la heteronormatividad. Homo-odio, lesbo-odio, trans-odio, bi-odio…etc. O tal vez, la opción solo sea respetar, incluir, empatizar y no discriminar.

 

 

Sobre la autora
Daniela Bonilla Castañeda es abogada por el ITESO, especializada en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Desempeñada en al área de investigación académica y la incidencia social para la garantía de derechos.

 

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