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¿Es pecado retener el salario de los trabajadores, como dice AMLO?
En dos ocasiones —durante las conferencias matutinas de ayer y hoy—, el presidente Andrés Manuel López Obrador ha señalado que la retención del salario de los trabajadores no sólo es un delito, sino también un pecado.
Según dijo este viernes, el próximo lunes compartirá con la prensa y quienes siguen sus alocuciones mañaneras, el texto bíblico en el que se fundamenta su dicho.
En CuartaMx nos hemos dado a la tarea de buscar la referida cita y hemos encontrado los siguientes versos paralelos publicados en distintas versiones del texto sagrado. Échale ojo.
La Biblia de las Américas
«No oprimirás a tu prójimo, ni le robarás. El salario de un jornalero no ha de quedar contigo toda la noche hasta la mañana».
Nueva Biblia Latinoamericana
«No oprimirás a tu prójimo, ni le robarás. El salario de un jornalero no ha de quedar contigo toda la noche hasta la mañana».
Reina Valera Gómez
«No oprimirás a tu prójimo, ni le robarás. No retendrás el salario del jornalero en tu casa hasta la mañana».
Reina Valera 1909
«No oprimirás a tu prójimo, ni le robarás. No se detendrá el trabajo del jornalero en tu casa hasta la mañana».
Biblia Jubileo 2000
«No harás calumnia a tu prójimo, ni le robarás. No se detendrá el pago del trabajo del jornalero en tu casa hasta la mañana siguiente».
Sagradas Escrituras 1569
«No harás calumnia a tu prójimo, ni le robarás. No se detendrá el trabajo del jornalero en tu casa hasta la mañana».
Primero, debes saber que efectivamente si tu empleador retiene tu sueldo está cometiendo un delito.
Y claro… es un delito
De acuerdo con el Artículo 82 de la Ley Federal del Trabajo, “el salario es la retribución que debe pagar el patrón al empleado por su trabajo”.
El pago de esta prestación no puede retrasarse. El patrón está obligado a pagarte el día acordado —por contrato laboral o bajo palabra—.
Según la Ley, el salario por un trabajo material o manual debe remunerarse semanalmente, y por un trabajo intelectual, quincenalmente.
La Ley también establece que el pago del salario debe realizarse en un día laborable, fijado por convenio entre el trabajador y el patrón, durante las horas de trabajo o inmediatamente después de su terminación.
Tampoco puede llegarte incompleto
No te dejes. El salario solo puede llegarte incompleto en caso de que haya un descuento por pensión alimenticia, abonos para cubrir préstamos del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, fondo de ahorro, cuotas sindicales, renta o créditos contraídos con el patrón o la empresa.
Si llegas a ser víctima del incumplimiento de tu salario debes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet). Esta dependencia llamará a audiencia al patrón incumplido y le impondrá una multa.
Las sanciones pueden ir desde 25,670 pesos hasta 513,400 pesos, sin incluir el pago de tu quincena.
Etiquetas: Periodismo AMLO Salario México