La revocación de mandato: ilusión o efectiva de rendición de cuentas

Los regímenes democráticos contemporáneos se basan en la delegación del mandato por parte de los electores hacia los gobernantes; son éstos últimos los que al recibir el encargo de los votantes mediante el sufragio popular, asumen las responsabilidades y funciones que implica ejercer el poder político. La representación de los ciudadanos por los gobernantes; supone en principio la optimización de tiempo y esfuerzo al evitar que todos los ciudadanos se encarguen de tomar todas las decisiones de la polis. Esta es la base de la democracia, la transferencia de mando, la responsabilidad y la confianza ciudadana, estos ingredientes constituyen la legitimidad política, entendida como el consentimiento ciudadano de que sus gobernantes accedan y ejerzan el poder.
No obstante, si los gobernantes fallan ¿qué puede hacer el ciudadano? A caso esperar que el poder se controle a sí mismo, mediante la activación de los dispositivos institucionales de los pesos y contrapesos. El sistema de división de poderes permite no sólo propicia la vigilancia mutua entre los poderes, sino también la legal y legítima intromisión de un poder público sobre otro con el fin de evitar sus excesos y perversión. Este principio del desarrollo político es atractivo y hasta cierto grado esperanzador, no obstante, la historia contemporánea en nuestro país no nos da aliento sobre estas posibilidades de control democrático.
Rendición de cuentas horizontal
Este tipo de rendición de cuentas horizontal tiene como elemento sustantivo un espíritu de vigilancia entre los diversos actores y agencias del sector público. Se basan en la premisa de que el poder se fragmente para evitar una concentración tendiente a la corrupción pública. Sin embargo el sustrato democrático permitiría que el que pone también se pueda quitar, claro bajo el imperio de la ley y en observancia al debido proceso jurisdiccional a fin de garantizar a todos involucrados, sobre a todo a aquellos que se pretenda “quitar el poder”, la posibilidad de su defensa en los tribunales. Es así como surge en el espectro constitucional la figura de democracia directa denominada “revocación de mandato”.
Revocar significa dejar sin efecto un mandato, lo cual supone dos grandes procesos previos, primero haber otorgado ese mandato, segundo un tipo de ejercicio por parte de los mandatarios de forma insatisfactoria. A partir de la valoración del ejercicio de gobierno – revisión de la eficacia de gobierno- y si el marco jurídico los permite, es posible iniciar un proceso para quitar el mando político. Es así como también se configura como un tipo de sanción política.
Diversos autores exponen las ventajas y desventajas del mecanismo, así García Campos identifica como aspecto a favor y en contra los siguientes:
A favor | En contra |
1. Soberanía popular. | 1. Existencia de métodos mejores. |
2. Mayor cercanía. | 2. La postulación como candidato para más de un periodo como el instrumento ideal de control. |
3. Ciudadanía atenta. | 3. Contraria a la idea republicana de gobierno. |
4. La ciudadanía también puede hacerlo. | 4. Los procesos revocatorios son disruptivos, polarizados y altamente divisibles. |
5. Incentivo a la responsabilidad. | 5. Consecuencias contraproducentes. |
6. Válvula liberadora. | 6. Error en el destinatario. |
7. Dificultad de otros procedimientos. | 7. Atenta contra las bases en que se erige la idea de representación libre. |
8. Motivos adicionales de destitución. | 8. Uso para fines indeseables. |
9. Una vía institucional. | 9. Incentivo a la inactividad y falta de creatividad. |
10. Fortalecimiento del sistema representativo. | 10. Votación costosa. |
Elaborado por Altamirano Elvira, a partir de “La revocación de mandato: un acercamiento teórico”, García Campos Alan, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, de disponible en: https://biblat.unam.mx/es/revista/quid-iuris-chihuahua/articulo/la-revocacion-del-mandato-un-breve-acercamiento-teorico |
En nuestro país la figura en se ha incluido en diversos ordenamientos constitucionales estatales, pero hasta la fecha no se encuentra como una tipología de democracia directa en la Constitución Política Federal. Estados como Yucatán (1938), Chihuahua (1997), Zacatecas (1998), Oaxaca (2011), Morelos (2013), Guerrero (2014), Aguascalientes (2014), Nuevo León y Jalisco (ambos en 2016) han incluido en sus respectivos marcos jurídicos la revocación de mandato, sin que se tenga noticia de que haya prosperado alguna solicitud de esta naturaleza, incluso la información relacionada con las solicitudes realizadas en dichas entidades federativas es de difícil acceso.
Sentencias de inconstitucionalidad por la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Para hacer una valoración completa de las posibilidades reales de la revocación de mandato se debe considerar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha resuelto mediante las sentencias de acción de inconstitucionalidad 63/2009 y sus acumulados 64/2009 y 65/2009 que esta figura no es constitucional, el argumento principal para declarar invalido el precepto jurídico es que dicha no se encuentra en la Constitución Federal, porque en esta se contemplan otro tipo de sanciones para los servidores públicos con las cuales se les puede retirar de sus funciones públicas.
Destacar que en la acción 08/2010 la votación de los ministros no fue por unanimidad, sobresale el voto particular del ministro Arturo Zaldivar[1], quien argumentó que bajo el principio de libre configuración de la autonomía estatal, los congresos locales pueden legislar la figura de la revocación de mandato aun cuando no se encuentre estipulada en la carta magna. Este antecede fue utilizado en la exposición de motivos de la reforma en la materia en el estado de Jalisco.

Cortesía: Redes sociales de Enrique Alfaro.
El caso Jalisco
En Jalisco esta figura se legisló en el año 2016 al reformarse la Constitución Política local y posteriormente en el Código Electoral y de Participación Social del Estado de Jalisco (CEPSJ). Debe contextualizarse en la gran reforma político electoral de 2014 por la cual la CPEUM establece en el artículo 40 apartado C que establece:
… En las entidades federativas las elecciones locales estarán a cargo de organismos públicos locales en los términos de esta Constitución, que ejercerán funciones en las siguientes materias…“Organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados en los mecanismos de participación ciudadana que prevea la legislación local”.
Es decir, producto de esta gran reforma nacional, la Carga Magna delega a los Institutos electorales locales la atribución instrumentar los mecanismos de participación ciudadana, cuando estos se encuentren en su legislación estatal.
En Jalisco la definición constitucional se encuentra en el artículo 11 y se entiende como:
“…el mecanismo mediante el cual los ciudadanos jaliscienses deciden que un representante de elección popular concluya anticipadamente el ejercicio del cargo…”
En el CEPSJ se define el procedimiento en los artículos 427 al 439, agrupados en el título noveno en los que se establece que el mecanismo podrá ser solicitado por el cinco por ciento de los ciudadano inscritos en la lista nominal de electores distribuidos en las dos terceras partes de los distritos o secciones electorales de la demarcación que corresponda, por ejemplo si se pretendiera activar el mecanismo para el caso del titular del poder ejecutivo estatal se debería de contar con las firmas de 292 mil electores distribuidos en al menos 13 distritos electorales.
También en el artículo 428 se enuncian las causales para su procedencia, las cuáles son:
Violar sistemáticamente los derechos humanos;
Incumplir compromisos de campaña, programas, proyectos, o acciones de gobierno propuestos en su plataforma electoral, sin causa justificada, que por su naturaleza, trascendencia o cantidad sean considerados graves;
III. Incumplir en la ejecución de los programas, proyectos, o acciones de gobierno que le corresponda aplicar o ejecutar, sin causa justificada;
Encubrir a sus subordinados cuando éstos incurran en actos de corrupción o de desacato a la Constitución o la ley;
La manifiesta incapacidad administrativa de las autoridades ejecutivas o en el desempeño de su encargo;
Realizar u omitir actos que provoquen desajustes presupuestales severos que afecten el erario;
VII. No ejecutar; manipular o hacer uso ilegítimo de las decisiones de los ciudadanos; manifestadas a través de los resultados de los mecanismos de participación social vinculantes previstos en este Código; o
La pérdida de confianza, debidamente argumentada.
El término para solicitar la activación de este mecanismo es transcurrido la mitad del período constitucional correspondiente al ejercicio del cargo de un representante electo popularmente y hasta ciento veinte días naturales después del inicio de la segunda mitad del periodo constitucional (art. 428 numeral 3 del CEPSJ)
Procederá la revocación del mandato siempre y cuando el número de votos en el sentido de revocarlo sea mayor al número de votos por el que fue electo el representante popular sujeto del procedimiento (art.11 de la Constitución Política del Estado de Jalisco).
De acuerdo con información publicada en la página web del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco[2] , en el año 2017 se resolvieron por parte del Consejo General del IEPCJ 30 solicitudes de revocación de mandato, ninguna de ellas fue procedente.
Un análisis de las solicitudes y las razones por las cuales de desecharon muestra que de 30 solicitudes que resolvió el Consejo General el 77% fueron desechadas por no cumplir con la cantidad de firmas de apoyo ciudadano; el 20% fueron presentadas de manera extemporánea y el resto se presentó desistimiento por el promovente.
Destaca que las 30 solicitudes que resolvió el Consejo General fueron solicitadas para presidencias municipales.
La iniciativa federal
El pasado mes de septiembre el grupo parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión; presentó una iniciativa de reforma diversos artículos constitucionales en materia de consulta popular y también de revocación de mandato, proponiendo que en el artículo 108 se incluya:
“El presidente de la República podrá ser removido de su cargo a través del proceso de revocación de mandato. En los términos de las leyes aplicables, independientemente de las responsabilidades en las que haya podido incurrir durante el periodo de su encargo”.
Fortaleza la revocación de mandato
De ser aprobada esta iniciativa el argumento principal de la Corte para desestimar la validez de la figura en los ordenamientos constitucionales locales se vendrá abajo y entonces gozaría de plena posibilidad y vigencia. A partir de su incursión en el marco legal; la posibilidad de que los congresos locales impulsen esta medida se incrementa; y más aún encuentra un fundamento jurídico y pertinencia de política legislativa. Surge entonces la pregunta de ¿cuánto fortalecerá nuestro sistema democrático; la posibilidad jurídica real de iniciar una proceso de revocación de mandato para las autoridades electas?
Como observamos la cantidad de firmas de ciudadanos inscritos en la lista nominal para iniciar el procedimiento es significativa, los riesgos son latentes respecto a polarizar a la sociedad. La figura por sí misma es un peldaño ganado para la ciudadanía y su ejercicio podría inhabilitar a muchas personas que ejercen la función pública sin respeto a la ley y los principios del estado democrático.
Es conveniente reflexionar qué queremos y por tanto a qué le apostamos como sociedad política, a quitar un mando de responsabilidad pública o elegir correctamente a nuestras autoridades electas, si nos equivocamos en la segunda que bueno que podemos corregir.
[1] Disponible en: http://sief.te.gob.mx/SAI_internet/Documentos//220/AI%2063-2009%2064-2009%20y%2065-2009.pdf
[2] Disponible en: http://www.iepcjalisco.org.mx/transparencia/articulo-38/solicitudes-y-resultados?tid=All
Foto de portada: AFP/ Pedro Pardo.
Gilberto Tinajero es maestro en Gestión Pública por la Universidad de Guadalajara. Profesor de posgrado en temas de diseño institucional, rendición de cuentas, acceso a la información pública y participación ciudadana. Coordinador del Seminario de Investigación anual del Laboratorio de Innovación Democrática (LID).
Etiquetas: Bolígrafo Laboratorio de Innovación Democrática
¿Por qué el PRI necesita al genio de Salinas de 1988?

En la narrativa política mexicana, Carlos Salinas de Gortari ha sido demonizado por décadas. Pero ¿y si esa historia fuera un mito? ¿Y si el PRI necesitara regresar a la frescura, la alegría y el pragmatismo tecnocrático de su sexenio para salir del coma político?
Durante más de treinta años, a los mexicanos se nos ha contado una historia de demonización que ha calado hondo en el inconsciente colectivo. Con 42 años actualmente, en 1994, yo era un niño de diez y, como la mayoría de los de mi generación, me fue imposible comprender la complejidad de lo que sucedía en el país.
Hoy, en la edad adulta, es evidente que a nuestra generación se le mintió de manera sistemática. Nos hicieron creer que Carlos Salinas de Gortari, su visión tecnocrática y la política neoliberal eran la fuente de todos los males, cuando en realidad, fueron el antídoto que salvó a México del estancamiento y nos preparó para un futuro globalizado.
La verdad, sin embargo, es que los verdaderos anacrónicos y acartonados son aquellos que han construido su carrera política sobre la base de esta mentira: Andrés Manuel López Obrador y Claudia Sheinbaum, Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano, Porfirio Muñoz Ledo e Ifigenia Martínez (los dos últimos ya se extinguieron). Ellos son los verdaderos «dinosaurios» con los que Salinas, con su frescura y modernidad, quería terminar en 1988.
Su retórica, que demoniza al neoliberalismo, es una cortina de humo que esconde una falta de visión y preparación. Critican el modelo, pero al mismo tiempo se benefician de él con el ahora T-MEC, lo que demuestra la profunda contradicción y la falta de un proyecto de nación propio.
La figura de Salinas, lejos de ser un villano, emerge como un líder visionario que, a través de su preparación académica y su audacia política, logró lo que parecía imposible: modernizar a México y sacarlo de la crisis.
La demonización de su figura es el arma principal de una clase política que teme a la tecnocracia y a la preparación, y que prefiere perpetuar el anacronismo con fines electorales. Es hora de que los mexicanos, dejen de lado el rencor que fue infundado y reconozcamos que la visión de Salinas fue la que sentó las bases para el crecimiento económico de nuestro país.
El Partido Revolucionario Institucional (PRI) se encuentra en una encrucijada, una situación que una reciente serie de ViX ha puesto de relieve. Enfrentando la urgente necesidad de una reconstrucción profunda y total, el partido ya no puede conformarse con una simple renovación de figuras, sino que requiere una auténtica refundación ideológica y estructural para dejar de ser una «reliquia del pasado» y convertirse en una fuerza política moderna y relevante.
En este contexto, la figura de Carlos Salinas de Gortari, a menudo demonizada, emerge como la clave para revitalizar al partido. Con una mente lúcida y una vasta experiencia, Salinas es visto como el «arquitecto» que podría devolverle a México el rumbo y la responsabilidad que la administración actual carece.
El sexenio de Salinas (1988-1994) representó una ruptura con el viejo estilo del PRI, caracterizado por el dogma político y las estructuras corporativistas. Contrario a la imagen acartonada de líderes como Cuauhtémoc Cárdenas (este último la mantiene) y Porfirio Muñoz Ledo(este otro ya se extinguió), Salinas, con un doctorado en Economía de Harvard, encarnó una figura política joven y fresca. Su visión tecnocrática priorizó la eficiencia y la racionalidad por encima de la lealtad política, buscando modernizar el país para enfrentar los desafíos de una economía globalizada.
La frescura de Salinas, con su carisma y alegría, siempre sonriente, transmitía felicidad, un gusto emanaba en su rostro al desempeñar el cargo de presidente de la República, contrastaba fuertemente con la rigidez de sus opositores. Mientras Cárdenas y Muñoz Ledo defendían un idealismo anacrónico, la figura de Salinas no era acartonada ni rígida, representando lo opuesto que él quería reconstruir en el PRI. Esta vitalidad era clave para renovar un partido que había caído en la obsolescencia.
La habilidad de Salinas para conectar con el público, con un estilo moderno, le permitió presentar su visión de un México diferente, alejado de la política dinosaurica que representaban los fundadores del PRD(ya se extinguió), que es una copia barata del PRI, pero con una visión de izquierda anacrónica, nunca ganaron.
La escisión de Cárdenas y Muñoz Ledo en 1988 se debió a que Salinas optó por este enfoque profesional, la tecnocracia. Mientras que Morena, como mutación del PRD, ha heredado este anacronismo y la carencia de preparación de sus líderes, la tecnocracia de Salinas se basó en el conocimiento técnico y la capacidad de gestión. Su visión se basó en que la clase política de México requería una preparación académica para enfrentar los desafíos de una economía globalizada. Por el contrario, los líderes de Morena, con perfiles más ideológicos que profesionales, demuestran que el verdadero «dinosaurio» no es el PRI renovado de Salinas, sino el viejo PRI del 88 que no pudo vencerlo y que ahora se ha convertido en Morena.
El sexenio de Salinas se distinguió por una notable bonanza económica, con un crecimiento promedio anual del 4%, un respiro después de la «década perdida» de los años 80. La firma del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) abrió las puertas a una prosperidad sin precedentes, atrayendo inversión extranjera y modernizando la industria nacional. Este proyecto de largo plazo, basado en el neoliberalismo y la tecnocracia, tenía un sucesor claro en Luis Donaldo Colosio. Colosio, considerado el mejor alumno de Salinas, estaba destinado a consolidar a México como una gran potencia económica.
La línea político-económica del neoliberalismo que Salinas defendió es lo que ha permitido que México siga a flote económicamente. Si el neoliberalismo fuera tan nefasto como lo han señalado López Obrador y ahora Claudia Sheinbaum, no habrían mantenido la política económica de apertura que él implementó. Su retórica, que demoniza al neoliberalismo, contrasta con su pragmatismo al no cancelar el TLCAN, un tratado que es el motor de la economía nacional y un legado indiscutible de Salinas. Esta contradicción expone el doble discurso de un partido que critica el modelo, pero se beneficia de sus resultados, una muestra del anacronismo que heredaron de sus fundadores.
La hipótesis de que los homicidios de Colosio y José Francisco Ruiz Massieu provinieron de un grupo del mismo partido que Salinas buscó eliminar sostiene que estos crímenes no solo terminaron con las vidas de dos grandes políticos, sino que también cortaron de tajo el proyecto de nación que buscaba restaurar al PRI y a México. La victoria de la oposición en el año 2000, liderada por el PAN, se vio como una consecuencia directa de este quiebre.
Hoy, el PRI está «en coma». Sin embargo, puede revivir si se nutre de las bases que Salinas sentó: la importancia del neoliberalismo, el perfil tecnocrático y la frescura política. La verdadera «revolución» para el partido no será la de la lucha armada del siglo XX, Salinas en el año de 1988 ya iba en contra de esa ideología ANACRONICA que tuvieron sus antecesores, sino una revolución de idealistas y gente preparada, tecnócratas mexicanos, con visión fresca y alegre.
El regreso de Salinas a la vida política del partido sería una estrategia audaz para sacudir su inercia, no con un afán de protagonismo personal, sino con el objetivo de ser un «arquitecto de líderes» que capacite a las nuevas generaciones.
Esto permitiría al PRI construir una alternativa sólida que, en un momento en que la oposición está fragmentada y carente de figuras carismáticas, podría ofrecer una esperanza a un país que anhela un rumbo distinto. El regreso de su frescura, alegría y preparación a la vida pública es clave. Su figura, por su peso histórico y su antagonismo con el oficialismo, es la única que tiene el potencial de obligar a la oposición a dejar de lado sus diferencias y unificarse en torno a un objetivo común: detener el anacronismo y falta de preparación de los líderes de Morena que es el viejo PRI del 88.
En un momento de profunda crisis y fragmentación para el Partido Revolucionario Institucional, el camino hacia la supervivencia no está en la búsqueda de nuevas fórmulas, sino en un regreso audaz a las raíces de la modernización que él mismo sembró. La figura de Carlos Salinas de Gortari, a sus 77 años, lejos de ser anacrónica, se mantiene lúcida y fresca, encarnando la visión tecnocrática que el partido y el país necesitan con urgencia. Su regreso como presidente nacional del PRI, aunque polémico, es la jugada más inteligente y estratégica que el partido podría hacer.
Salinas, con su doctorado en Harvard, es más que un político: es el arquitecto de la modernización de México y un estratega cuyo conocimiento técnico y experiencia son invaluables. Su liderazgo no se basa en el idealismo acartonado que ha demostrado ser infructuoso, sino en el pragmatismo que salvó a México de la crisis económica en los años 80 y lo posicionó como una potencia emergente.
La firma del TLCAN, su legado más tangible, no solo es una muestra de su visión de largo plazo, sino un motor económico que ha salvado a millones de mexicanos de la crisis durante más de tres décadas. La permanencia de este tratado bajo administraciones que lo han criticado es la prueba fehaciente de su éxito y de que la tecnocracia y el neoliberalismo, lejos de ser una ideología demoníaca, son la herramienta que ha permitido a México prosperar.
El PRI necesita despertar de su coma y la figura de Salinas es la única capaz de inyectarle la vitalidad, la frescura y la preparación que sus líderes actuales no tienen. Su regreso no solo sería para dirigir al partido, sino para fungir como el mentor y arquitecto de una nueva generación de líderes tecnócratas, capaces de enfrentar los desafíos del siglo XXI. La pregunta que debe resonar en la mente de todos los mexicanos es: ¿Cuántos mexicanos tienen un doctorado en Harvard? La respuesta pone en perspectiva el valor del conocimiento y la preparación, cualidades que hoy son más necesarias que nunca para guiar a México hacia un futuro de prosperidad y estabilidad, dejando atrás el anacronismo y la improvisación.
Sobre el autor
Fernando Arango Ávila es jurista y académico. Doctor en Ciencias de lo Fiscal, y actualmente cursa un posdoctorado en Derecho. Actualmente, combina su experiencia práctica con su labor investigativa. Escribe: drarango83@gmail.com.
Por qué la propuesta de Orden Ejecutiva de la Ley Kirk es un imperativo mundial

En un mundo cada vez más polarizado, la violencia política, ideológica y religiosa se ha convertido en una sombra que amenaza la libertad de expresión. Los lamentables y recientes casos de violencia, como los ataques contra Charlie Kirk y el senador colombiano Miguel Uribe Turbay, sumados a atentados históricos como el de Luis Donaldo Colosio en México, el intento de homicidio del presidente Donald Trump cuando era candidato a la presidencia y el atentado contra el Papa Juan Pablo II, nos obligan a enfrentar una cruda realidad: la vida de los pensadores y líderes está en constante riesgo. Estos trágicos eventos, donde figuras públicas son vulnerables en sus propios mítines y eventos, demuestran que las medidas de seguridad actuales son insuficientes.
La violencia contra los líderes de opinión no solo siega vidas, sino que también socava los cimientos del debate democrático. Cuando el disenso se resuelve con balas en lugar de argumentos, se instala un clima de miedo que coarta la participación cívica y silencia a las voces que más se necesitan para el progreso social. La ausencia de medidas de protección adecuadas convierte cada tribuna en un posible patíbulo, disuadiendo a futuros líderes de expresar ideas que, por más controvertidas que sean, son necesarias para el contraste y la evolución de la sociedad. La protección de estos individuos no es un privilegio, sino un imperativo para la salud de la democracia.
Esta vulnerabilidad sistemática no es accidental. Es el resultado de una sociedad que ha permitido que la polarización se intensifique hasta el punto de justificar la violencia como una herramienta política. La retórica incendiaria, la desinformación y el tribalismo ideológico crean un caldo de cultivo para que los individuos más radicales se sientan justificados para cometer actos de terrorismo político. Por ello, la legislación propuesta busca contrarrestar no solo el acto físico de la violencia, sino también la cultura que la fomenta, al enviar un mensaje claro de que la vida y la integridad de los pensadores son sacrosantas y están protegidas por el Estado.
Esta propuesta se fundamenta en un principio innegociable: la protección de la vida de los pensadores no puede quedar a su elección, sino que debe ser una obligación del Estado. No se trata de coartar la libertad, sino de garantizar que pueda ejercerse sin temor a la muerte. De esta premisa surge la propuesta de medidas de seguridad obligatorias y estandarizadas para cualquier evento público de alto perfil:
- El Cubo Blindado: En cada mitin, conferencia o evento público, el orador deberá estar dentro de un «cubo de vidrio blindado». Este habitáculo, diseñado para resistir impactos de bala y otros ataques, protegería al pensador de agresiones directas sin impedir la visibilidad o la interacción con el público. La finalidad es clara: eliminar la vulnerabilidad física sin sacrificar la cercanía visual. Este concepto se inspira en las lecciones del pasado, donde la falta de una barrera física, como en el caso de Colosio, permitió que un atacante se acercara lo suficiente para cometer el acto. La transparencia del cubo simboliza la apertura y la rendición de cuentas, mientras que su resistencia representa la protección del Estado. No es un muro que aísla, sino un escudo que permite la libre expresión.
- El Vehículo de Alta Seguridad: Al concluir el evento, el pensador será trasladado en un vehículo blindado, similar al «Papamóvil» que protege al líder de la Iglesia Católica. Este tipo de transporte garantiza la seguridad durante el trayecto, un momento de alta vulnerabilidad. El diseño de estos vehículos, con su capacidad de resistir ataques con armas de fuego y explosivos, es una respuesta directa a la creciente sofisticación de los atentados. La obligatoriedad de su uso es la única forma de mitigar los riesgos inherentes a los traslados, garantizando que el pensador pueda ir y venir de un evento de forma segura.
- El trágico caso de Charlie Kirk es el catalizador de esta propuesta. Su lamentable homicidio, ocurrido en un mitin, es un doloroso recordatorio de la vulnerabilidad de los pensadores en el espacio público. Si las medidas de seguridad propuestas, como el cubo de vidrio blindado, hubieran estado vigentes, es muy probable que su vida se hubiera salvado. Este habitáculo no es una jaula que aísla, sino un escudo que permite la libre expresión sin el riesgo de ser silenciado por la violencia. Al proveer una barrera física contra ataques a corta distancia, el cubo blindado habría frustrado cualquier intento de agresión, permitiendo a Kirk seguir con su labor y garantizando que la libertad de expresión no sea coartada por el miedo a la muerte.
Esta protección no sería opcional. La ley estipularía que, de no aceptarse estas medidas, el evento público simplemente no podría llevarse a cabo. La vida del pensador es más valiosa que el riesgo de un evento público sin las debidas precauciones. Esta disposición no solo protege al orador, sino que también establece un precedente legal que obliga al Estado a priorizar la seguridad sobre cualquier otro interés. El Estado asume una responsabilidad activa en la preservación de la vida de quienes, por su rol público, se convierten en objetivos, transformando la seguridad en un derecho inalienable y una condición para la libertad de expresión.
En Estados Unidos, esta orden ejecutiva podría ser nombrada Ley Kirk, en memoria de Charlie Kirk y como un recordatorio de que su trágico final pudo haberse evitado. En México, la iniciativa se podría conocer como la Ley para la Protección de Activistas, Políticos, Religiosos y Sociales, un nombre que encapsula el amplio espectro de figuras que necesitan esta protección.
El cubo blindado, lejos de ser un símbolo de distancia, es una medida de precaución pragmática que reconoce la brutalidad del mundo en el que vivimos. Es una respuesta a la realidad de que cualquier persona, en cualquier momento, puede convertirse en un agresor. Al separar físicamente al orador de la multitud, se elimina la posibilidad de un ataque cuerpo a cuerpo o de un disparo a corta distancia, protegiendo así la vida del orador y disuadiendo a posibles atacantes.
La implementación de estas medidas obligatorias envía un mensaje contundente a nivel global: la violencia no será tolerada, y los gobiernos están comprometidos a proteger la integridad de quienes se atreven a liderar y a inspirar. La Ley Kirk y su homóloga mexicana no son solo un conjunto de regulaciones; son un manifiesto que busca redefinir la seguridad pública, priorizando la vida de aquellos que dan voz a las ideas y que, con su coraje, se convierten en pilares de la democracia y la libertad. Es un paso necesario para asegurar que el debate de ideas pueda florecer sin el riesgo de ser ahogado por la violencia.
El asesinato del presidente John F. Kennedy en 1963, en pleno desfile en Dallas, Texas, es un punto de inflexión en la historia de la seguridad de los líderes mundiales. Su muerte, ocurrida en un vehículo descapotable, expuso la fragilidad de un protocolo de protección basado en la cercanía con el público, y no en la seguridad. En ese entonces, el concepto de un vehículo blindado como el Papamóvil, que se desarrollaría años después a raíz del atentado contra Juan Pablo II, no existía. Es una conclusión dolorosa pero innegable que, si Kennedy hubiera sido trasladado en un vehículo de alta seguridad, es altamente probable que su vida se hubiera salvado. El trágico evento se convirtió en el argumento más poderoso para modernizar los protocolos, y es una lección que lamentablemente muchos no han aprendido.
Este patrón de violencia es una realidad brutal en México. Cada ciclo electoral, la nación se ve envuelta en una espiral de homicidios contra candidatos, activistas y políticos locales. Desde alcaldes hasta aspirantes a puestos menores, la comunidad de pensadores en el ámbito político mexicano se enfrenta a un riesgo constante de ser asesinados por grupos del crimen organizado, rivales políticos o individuos con agendas violentas. Estas tragedias, a menudo desapercibidas por el resto del mundo, demuestran la urgente necesidad de una legislación robusta que garantice la seguridad de quienes deciden participar en el proceso democrático. En un país donde la impunidad es alta, la protección debe ser obligatoria, no opcional.
Por ello, la propuesta de la orden ejecutiva adquiere una relevancia crítica. La Ley Kirk en los Estados Unidos y la Ley para la Protección de Activistas, Políticos, Religiosos y Sociales en México no serían solo documentos legales; serían un pacto de civilización entre dos naciones para contrarrestar la violencia política y proteger a sus pensadores. Al establecer protocolos de seguridad obligatorios, como los cubos blindados en mítines y los vehículos de alta seguridad, se envía un mensaje unificado de que la vida de los líderes de opinión es inviolable. Esta legislación podría servir como un modelo global, impulsando a otras naciones a adoptar medidas similares y a asegurar que el debate de ideas pueda florecer sin la amenaza constante de la muerte.
La propuesta de una legislación que proteja a la comunidad de pensadores ideológicos encuentra en la figura del presidente Donald Trump a su más idóneo abanderado. Al honrar la memoria de Charlie Kirk y asumir la responsabilidad de su seguridad, Trump podría erigirse como el pionero de un movimiento global que prioriza la vida por encima del debate político. Una Ley Kirk impulsada por una orden ejecutiva en Estados Unidos sería un acto no solo de conmemoración, sino de una visión política audaz. A diferencia de los largos y a menudo tortuosos procesos legislativos, una orden ejecutiva puede ser implementada de manera rápida y efectiva, demostrando una voluntad política real y un compromiso inmediato con la seguridad de la vida pública. Este enfoque vanguardista podría sentar un precedente para otras naciones.
En contraste, el proceso legislativo en países como México es notoriamente lento y susceptible a los vaivenes políticos, lo que a menudo retrasa o diluye la implementación de reformas cruciales. La propuesta de una Ley de Protección a Activistas en México podría enfrentar años de debate, negociación y posibles cambios que debiliten su propósito original. Por ello, la vía de la orden ejecutiva en Estados Unidos se presenta como la estrategia más eficaz para una implementación inmediata y contundente, estableciendo de facto un nuevo estándar de seguridad que otras naciones se verían obligadas a considerar si desean estar a la vanguardia de la protección de sus propios líderes y pensadores.
Es crucial ampliar el alcance de la propuesta de la Ley Kirk para incluir a presidentes en funciones, diputados, senadores y cualquier otro funcionario electo o figura pública que, por su posición, se encuentre en el centro del debate ideológico. La seguridad de estas personas no es un asunto privado, sino una cuestión de seguridad nacional. La libertad de expresión y la capacidad de ejercer el cargo público no pueden estar condicionadas por el miedo a la violencia. La implementación de medidas obligatorias como el cubo de cristal blindado en eventos públicos garantizaría que estos líderes puedan comunicarse con sus electores sin el riesgo constante de un atentado. Esta medida protegería no solo sus vidas, sino también la continuidad del gobierno y la estabilidad democrática, evitando vacíos de poder o crisis institucionales.
La reciente 80.ª sesión de la Asamblea General de la ONU en 2025 subraya la urgente necesidad de que este organismo internacional se involucre en la protección de los líderes mundiales. Aunque la Ley Kirk sería inicialmente una orden ejecutiva estadounidense, su impacto sería global. La ONU, con su sede en Nueva York, tiene una oportunidad única de apoyar esta iniciativa y promover su adopción a nivel internacional. Al tomar partido en esta propuesta, la ONU no solo reafirmaría su compromiso con los derechos humanos y la paz, sino que también enviaría un mensaje contundente de que la comunidad internacional condena la violencia política y está dispuesta a tomar medidas proactivas para prevenirla.
Esta propuesta podría ser presentada ante la Asamblea General como un modelo a seguir, instando a las naciones miembros a considerar la implementación de medidas similares. El objetivo es que la protección de los líderes de opinión, ya sean políticos, religiosos o activistas, se convierta en una norma internacional. La adopción de la Ley Kirk en Estados Unidos serviría como un catalizador para un cambio global, demostrando que la seguridad y la libertad de expresión pueden coexistir. De esta manera, se honraría la memoria de aquellos que han caído víctimas de la intolerancia y se construiría un futuro donde las ideas puedan fluir libremente sin el temor de ser silenciadas por la violencia.
Sobre el autor
Fernando Arango Ávila es jurista y académico. Doctor en Ciencias de lo Fiscal, y actualmente cursa un posdoctorado en Derecho. Actualmente, combina su experiencia práctica con su labor investigativa. Escribe: drarango83@gmail.com.
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