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Sala Regional del TEPJF tumba recuento de votos en Guadalajara

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Sala Regional falla a favor de José María Chema Martínez
"Querían con esta sentencia limpiar el cochinero", declaró Martínez. Foto: Getty.

La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidió anular el recuento de votos en Guadalajara.

Este recuento había sido ordenado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Jalisco el pasado 26 de junio. Sin embargo, José María “Chema” Martínez, aspirante a la alcaldía de Guadalajara por la coalición Sigamos Haciendo Historia en Jalisco, apeló esta decisión.

La resolución, emitida este domingo (30-06-24), señala que se debe revocar la decisión del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Jalisco sobre el recuento de votos.

“Lo que hoy resuelve la Sala Regional del Tribunal Electoral de la Federación en principio es revocar una sentencia por considerarla ilegal. El tribunal local unipersonal que tenemos en Jalisco había resuelto de forma artificiosa y oficiosa a favor de una pretensión ilegal de Movimiento Ciudadano”, publicó Martínez en un comunicado.

“Querían con esta sentencia limpiar el cochinero que fue la elección del 2 de junio, cuadrar lo que se robaron en votos los 138 mil 932 votos para aperturar paquetes que ya estaban manoseados, manipulados, abiertos, alterados”, detalló el morenista.

Por su parte, Manuel Romo, presidente local de Movimiento Ciudadano, señaló que la decisión de la Sala Regional del TEPJF fue correcta, ya que no había ninguna razón legal para recontar.

“En aras de dar mayor certeza y transparencia al resultado del pasado 2 de junio, le tomamos la palabra al presidente Andrés Manuel y solicitamos un recuento total, voto por voto, casilla por casilla, que hoy la Sala Regional del Tribunal Electoral de la Federación decidió revocar”.

Agregó que no existe ninguna irregularidad que dé pie a recontar los votos y mucho menos para anular la votación.

Romo señaló que todo se trata de un “berriche” de Martínez para no aceptar que perdió la elección en Guadalajara.

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Inhuman a nueve personas en el Panteón Guadalajara

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En el Panteón Guadalajara se llevó a cabo la primera inhumación de personas fallecidas no reclamadas correspondiente a 2026, como parte de las tareas de la Comisión de Trabajo para el Acompañamiento y Observación del Proceso que Permita la Inhumación de las Personas Fallecidas no Reclamadas, presidida por la Secretaría de Inteligencia y Búsqueda de Personas (SIBP).

Durante este operativo se inhumaron nueve personas: seis fallecidas sin identificar y tres sin reclamar. El procedimiento se realizó bajo un esquema de inhumación individual, en espacios plenamente ubicados y con registro administrativo, de acuerdo con los lineamientos establecidos para estos casos.

En el mismo proceso, el trabajo de los Colectivos de Búsqueda de Personas que forman parte de la Comisión permitió contactar a la familia de una persona originaria del estado de Michoacán. Derivado de esta localización, dicho cuerpo fue excluido del operativo de inhumación y se inició el procedimiento de restitución correspondiente, a cargo del agente del Ministerio Público de la Fiscalía del Estado de Jalisco.

Las personas fallecidas se encontraban bajo resguardo del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses (IJCF) Dr. Jesús Mario Rivas Souza. En total, diez cuerpos habían sido considerados inicialmente para el proceso, y fueron identificados mediante un trabajo de colaboración con el Instituto Nacional Electoral (INE), como parte de las acciones para agotar las posibilidades de identificación y localización de familiares.

Antes de la inhumación, el IJCF aplicó los dictámenes forenses necesarios para cada uno de los casos. Entre estos estudios se incluyeron necropsia, antropología forense, odontología, criminalística, genética y lofoscopia. Con la información obtenida se integraron los archivos básicos de identificación, los cuales quedan disponibles para futuras consultas o posibles procesos de restitución.

Como parte del procedimiento administrativo, el IJCF cubrió los gastos generados ante el Registro Civil para la expedición de las actas de defunción y las anotaciones marginales correspondientes. También se hicieron cargo de los servicios prestados por los sepultureros del Panteón Guadalajara, conforme a la normatividad vigente.

El proceso de inhumación contó con la participación y supervisión de diversas instancias estatales. Estuvieron presentes representantes de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Jalisco (CEDHJ), la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas de Jalisco (COBUPEJ), el IJCF, la SIBP, la Policía Estatal, la Policía Metropolitana y la Fiscalía del Estado.

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AMIM descarta multas por límite de 50 km/h en radares de Avenida Vallarta

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La Agencia Metropolitana de Servicios de Infraestructura para la Movilidad del Área Metropolitana de Guadalajara (AMIM) confirmó que en 2025 y en lo que va de 2026 no se ha emitido ninguna fotoinfracción por circular a más de 50 kilómetros por hora en Avenida Vallarta. La dependencia precisó que los dispositivos de control de velocidad instalados en ese corredor no han sido modificados y continúan operando con un límite de 60 kilómetros por hora.

De acuerdo con la AMIM, los radares ubicados en Avenida Vallarta mantienen la misma configuración desde su instalación. La revisión de los sistemas se realizó tras una instrucción del gobernador de Jalisco, Pablo Lemus Navarro, con el objetivo de verificar los registros de velocidad y descartar cambios en los parámetros de operación de los equipos.

Revisión en el corredor Vallarta

La dependencia informó que la verificación se concentró en el tramo de Avenida Vallarta que va de Periférico a la avenida Niño Obrero. En este segmento se encuentran instalados tres radares de control de velocidad, los cuales fueron revisados de manera puntual para confirmar los límites configurados y las fotoinfracciones registradas.

Tras el análisis de los registros, la AMIM indicó que ninguno de los dispositivos captó infracciones correspondientes a un límite de 50 kilómetros por hora. Los sistemas, señaló, han permanecido configurados a 60 kilómetros por hora sin ajustes durante el periodo revisado, por lo que no existe evidencia de sanciones emitidas bajo un umbral distinto al establecido.

Fotoinfracciones a partir de 71 km/h

La agencia aclaró que las fotoinfracciones existentes en ese tramo corresponden exclusivamente a conductores que superaron el límite permitido en más de 10 kilómetros por hora. Esto significa que las sanciones se aplicaron a partir de velocidades de 71 kilómetros por hora o más, conforme a los criterios operativos del programa de control de velocidad.

La AMIM reiteró que el funcionamiento de los radares se apega a los parámetros definidos y que los registros disponibles respaldan que no se han aplicado multas por debajo de esos umbrales. La dependencia señaló que los datos se mantienen disponibles para revisión interna y seguimiento administrativo.

Distribución de radares en el AMG

En el Área Metropolitana de Guadalajara operan actualmente 67 radares de velocidad, distribuidos en seis municipios. De ese total, 33 se localizan en Zapopan, 16 en Guadalajara, ocho en San Pedro Tlaquepaque, cuatro en Tonalá, cuatro en Tlajomulco de Zúñiga y dos en El Salto.

Estos dispositivos forman parte del Programa de Infraestructura para el Control de la Velocidad en los corredores metropolitanos. La AMIM explicó que el objetivo del programa es reducir el número de muertes y lesiones derivadas de siniestros viales asociados al exceso de velocidad, mediante la supervisión constante y la aplicación de sanciones a quienes rebasan los límites establecidos.

La dependencia sostuvo que los radares continuarán operando bajo los mismos criterios y que cualquier ajuste será informado de manera oficial. Mientras tanto, reiteró que en Avenida Vallarta el límite de velocidad vigente para la detección de infracciones se mantiene en 60 kilómetros por hora.

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