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Opinión

La abdicación del Emperador japonés y una reflexión sobre los símbolos

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abdicación del Emperador japonés

Duque de Windsor: Y ahora llegamos a la unción, el momento más santificado, más solemne y sagrado de toda la ceremonia.

Amigo del Duque: ¿Y entonces, por qué no la podemos ver? [apuntando al televisor]

Duque de Windsor: Porque somos mortales. Aceites y juramentos, orbes y cetros… símbolo sobre símbolo, son un insondable tejido de misterio arcano y liturgia; la línea que los separa es tan difusa, que ningún clérigo, historiador o letrado podría descifrarla.

The Crown (2017)[1]

El próximo 30 de abril será el último día de Akihito como Emperador del Japón. Tras asumir el Trono del Crisantemo en 1988, el monarca nipón anunció desde 2016 su deseo de abdicar debido a su avanzada edad y una salud menguante. Asumirá el trono su hijo, el Príncipe Naruhito, quien tomará la batuta desde el primer día de mayo, pero cuya ceremonia oficial no se llevará a cabo sino hasta octubre de este mismo año. El ejercicio no es inédito para el país, pero sí poco usual. La última abdicación ocurrió hace más de doscientos años, cuando las bases institucionales de la nación nipona estaban muy lejos del sistema democrático que mantienen ahora.

La mañana de este lunes, faltando un mes para el ascenso del nuevo emperador, fue anunciado el nombre con el que se denominará a su reinado: Reiwa. Si bien no existe un consenso sobre el significado exacto, una traducción de la fuente –el antiguo poemario del Man’yōshū, que data del año 759– y las declaraciones del Primer Ministro Shinzo Abe, permiten situarla en algo cercano a “la buenaventura armoniosa”.  

 

Cambio de nombre

El cambio de nombre que acompaña cada nueva era es sumamente relevante para el país. Constituye el sistema que los japoneses utilizan para medir el tiempo de manera oficial, pues el nombre no sólo queda registrado en monedas, licencias, documentos y oficios públicos, sino que funciona como un sistema paralelo al del calendario gregoriano, que utilizamos en casi todo el mundo. Estando inserto en la economía global, el país mantiene ambos sistemas de medición de tiempo, permitiendo que la tradición no se someta a la modernidad; uno de los rasgos distintivos de la cultura japonesa.

Reiwa 1, o el primero año de la era Reiwa, se anuncia con la promesa de una renovación institucional, social y cultural que los japoneses adoptan en este acto simbólico. El cambio de nombre o gengo (seleccionado por un panel de expertos notables y académicos), recoge las aspiraciones y el “estado de ánimo” del Japón actual, al tiempo que sienta las bases para lo que habrá de venir. “Así como el florecimiento de los maravillosos ciruelos marca la llegada de la primavera, después de un amargo invierno, cada japonés puede aspirar a un mejor futuro y hacer florecer sus propias flores”, dijo Shinzo Abe tras el anuncio del nombre.

abdicación del Emperador japonés

Fotos: AFP.

Una abdicación histórica

La abdicación de Akihito fue resultado de un prolongado proceso legislativo que implicó el asentamiento de un nuevo precedente, dado que la abdicación no es una figura reconocida por la Casa Imperial. El proyecto de ley que finalmente fue aprobado, también reavivó las discusiones en torno a las reglas de sucesión, las cuales mantienen una rigidez que impide a las mujeres ascender al trono; estas incluso pierden sus derechos reales cuando se casan, debiendo abandonar sus tareas en la familia imperial y en la vida pública. Tal debate es especialmente relevante en un contexto de crisis demográfica, donde la dinastía real se está quedando sin herederos varones. En muchos sentidos, la propia familia imperial parece más abierta a estas discusiones que los sectores más conservadores del Japón, quienes temen que el linaje “se pierda”.

El Primer Ministro Shinzo Abe, quien en 2017 se enfrentaba a su eventual reelección, prefirió la mesura en el debate por temor a perder el voto de dichos sectores.

Aunado a todo ello, la que es considerada como la monarquía más antigua en el mundo, también enfrenta una peculiaridad que en 1947 fue motivo de desconcierto colectivo. Tras la derrota del país en la Segunda Guerra Mundial, el Emperador Hirohito (padre del actual monarca) emitió su “Declaración de Humanidad”; un rescripto que cimentó su relación con el pueblo japonés en la confianza y el respeto “y no en simples mitos y leyendas”, según señala el texto. Como resultado del mandato Aliado, el emperador se vio obligado a renunciar a su carácter divino y reconocerse como un mortal, cuya función en la nueva constitución sería la de fungir como “símbolo del Estado y de la unidad del pueblo”. Justo así lo establece el artículo 4° de la actual constitución.

 

Un carácter más humano 

Desde su entronización, su hijo Akihito, quizá consciente de que su tarea sería significativamente distinta a la de su padre, buscó imprimirle un carácter más humano a su reinado (conocido como la Era Heisei, o “de la consecución de la paz”). Abanderando el pacifismo, el actual soberano –el primero en ascender como el ceremonial Jefe de Estado “mortal”– mantuvo en su discurso el llamamiento a la reconciliación y un rechazo a la belicosidad. Tras la abdicación, tanto su esposa la Emperatriz Michiko como él, tendrán el carácter de emperadores eméritos, marcando así el final de una etapa comenzada en el orden de la posguerra.

                                         

¿Monarquías en el Siglo XXI?

Pero, si una monarquía simbólica como la japonesa carece de poderes constitucionales efectivos, ¿por qué seguimos hablando de familias reales a la par de los propios gobiernos? ¿Por qué en países como el Reino Unido o Dinamarca, ambas consideradas como democracias de avanzada (Brexit aparte), se siguen manteniendo monarquías constitucionales? Máxime cuando existen poderes en la propia constitución cuyos pesos y contrapesos regulan la vida pública y ponen en marcha los mecanismos de la democracia. ¿Son necesarias estas figuras emanadas del derecho divino? O, volviendo al caso japonés, ¿qué explica, entonces, la permanencia de una institución que, pese a estar depuesta de ese carácter divino, mantiene unas formas totalmente enraizadas en la mística? ¿Cómo se entiende una institución que, aún con su poder de agencia limitado al mínimo, no muestra signos que vaticinen su desaparición?

Como lo sugiere el diálogo que inaugura estas líneas, quizá la respuesta está en el misterio. En ese delicado velo que cubre los elementos del mundo objetivo para trasladarlos, valiéndose del secreto y la solemnidad, al mundo de la imaginación. Dado el carácter divino de la mayoría de las monarquías, el principio mismo que sostiene los mandatos proviene de Dios (sea el anglicano, el católico, etc); los monarcas, en ese sentido, fungen como los representantes ungidos para hacer valer la voluntad divina, mediante su gobierno, y conducir al pueblo con apego a determinados valores morales y religiosos. Dicho principio se encuentra aderezado de elementos místicos y representativos para legitimarse frente a los gobernados. Estos elementos poseen un carácter mágico-misterioso que, bajo esa lógica, los vuelve inasequibles para los seres humanos.

abdicación del Emperador japonés

La nueva pareja imperial. Foto. AFP.

Entre la divinidad y el laicismo

Ese fenómeno no es, desde luego, ajeno a nuestras vidas diarias. Por ejemplo, quienes practican el catolicismo están familiarizados con el misterio de la “transubstanciación”. Dicho concepto de la doctrina católica, emanado de las reformas del Concilio de Trento, supone que los elementos de pan y vino que se utilizan durante el ritual de la eucaristía, representan el cuerpo y la sangre de la figura de Cristo. Más que una alegoría, para el catolicismo se trata de una verdadera transfiguración de elementos terrenales en divinos. Al igual que el derecho dinástico de los monarcas, la legitimación frente a los creyentes ocurre cuando dichos elementos se recubren de misterio y se les dota de propiedades inefables para los mortales.

Japón es un estado laico, al igual que los ejemplos de Dinamarca y el Reino Unido (este último es mayoritariamente secular salvo el caso de Inglaterra, que sigue siendo un estado confesional). Entonces ¿qué explica el arraigo de la sociedad nipona a una tradición con las características descritas? Gilbert Durand, antropólogo y mitólogo francés, proporciona algunas claves. En su polémico texto “La Imaginación Simbólica” (1964)[2], rescata la distinción que hace Ernst Cassirer entre signo y símbolo: “un signo es una parte del mundo físico del ente (being); un símbolo es una parte del mundo humano de la significación (meaning)”. Dice Durand lo siguiente:

La conciencia dispone de dos maneras de representarse el mundo. Una “directa”, en la cual la cosa misma parece presentarse ante el espíritu, como en la percepción o la simple sensación. Otra “indirecta”, cuando, por una u otra razón, la cosa no puede presentarse en carne y hueso a la sensibilidad. […] En todos los casos de conciencia indirecta el objeto ausente se “re-presenta” ante ella mediante una “imagen”, en el sentido más amplio del término”.

Los símbolos

Nuestras vidas están cargadas de símbolos. Tomemos como ejemplo la ceremonia que simboliza la obtención de un grado académico. En este acontecimiento, un panel de expertos (el sínodo) pone a prueba a quien defiende su trabajo recepcional y le cuestiona cada aspecto. Cual Sor Juana sustentando el examen ante las 40 eminencias en teología y filosofía, el graduado mantiene en vilo a la familia y amigos que le acompañan. Aún en ese contexto académico y con un carácter sesudo, el ritual no está exento de un profundo simbolismo.

Sea en 1651 o en 2019, el signo (materializado en un documento físico como el título o el acta) y el símbolo, son los mismos. Este último representa, al fin y al cabo, la culminación de una etapa formativa y el domino sobre un campo profesional, con todo lo que ello implica. Un ascenso al mundo de los expertos y la promesa de una mejor calidad de vida. Quizá por ello, los verdaderos beneficiarios de la ceremonia terminan siendo nuestros familiares.

En el mismo texto, Durand define al símbolo como “un signo que remite a un significado inefable e invisible, y por eso debe encarnar concretamente esta adecuación que se le evade […] y hacerlo mediante el juego de las redundancias míticas, rituales, iconográficas, que corrigen y completan inagotablemente la inadecuación”. La monarquía, en este caso, opera desde la manera indirecta de representación que propone el galo. Esa operación se traduce en un símbolo que, con el paso del tiempo, ha dejado de ser el del poder y la autoridad absolutos, para transmutar en el de la identidad nacional y el arraigo a unos valores culturales específicos.

La monarquía simbólica

En Japón, como en la mayoría de los países monárquicos, esos valores culturales se eternizan en una institución y se encarnan en una persona que asume la jefatura del Estado. No obstante, como también es usual en las monarquías de nuestro tiempo, esa tarea de naturaleza pública y gran exposición mediática deviene, paradójicamente, en una función completamente impersonal. El soberano, erigido como un símbolo personificado, existe para dirigir sin gobernar. Para despojarse de sus convicciones privadas y representar, mediante el ceremonial, el contrato social que planteara Rousseau; un concepto político que, según lo ideó el filósofo, es diametralmente opuesto a la idea de la monarquía.

Sin embargo, con el correr de los años, el carácter absolutista que volvía contraria la figura del monarca con respecto a ese pacto civil, fue sustituido por un arreglo institucional ajeno al sistema de partidos y las “politiquerías”. En el Japón de hoy, el emperador es la expresión de la permanencia y la continuidad. La familia imperial, en cuanto que embajadores culturales, fungen como una representación de la familia nuclear que la historia se ha encargado de convertir en un arquetipo aspiracional. Pero no debemos olvidar que ese ideal de familia corresponde a coyunturas sociales, políticas y culturales muy específicas, ya rebasadas por las justas demandas de nuestra época.

 

Una institución anacrónica

Porque pese a todo, la monarquía (entendida con este carácter simbólico) no deja de ser una institución anacrónica. Aunque no lo parezca a simple vista, lleva en su diseño la marca de la obsolescencia. Pero si ha de permanecer, entonces deberá adoptar el cambio y las renovaciones constantes como una regla. Comenzando, por ejemplo, con la derogación de su indignante ley sálica, en el caso nipón. De lo contrario, corre el riesgo de convertirse en un ornamento caduco.

[1]Duke of Windsor: And now we come to the anointing, the single most holy, most solemn, most sacred moment of the entire service.

Friend of the Duke:  So how come we don’t get to see it?

Duke of Windsor:  Because we are mortals.   …  The oils and oaths, orbs and scepters, symbol upon symbol, an unfathomable web of arcane mystery and liturgy, blurring so many lines that no clergyman nor historian nor lawyer could ever untangle any of it.

[2] Durand, G. (1964) La Imaginación Simbólica. Amorrotu Editores. Buenos Aires, Argentina.


Cristian J. Vargas Díaz es licenciado en Relaciones Internacionales por la Universidad de Guadalajara e “intrigoso” como consecuencia. Les debe a Ray Bradbury, Juan Rulfo y Thomas Mann su gusto por la literatura y su vejez prematura. Cinéfilo y “seriéfago” enfermizo, sigue aprendiendo a escribir.

 

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Opinión

Federación multa a la FMF por Fan ID

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Federación multa a la FMF por Fan ID
La multa de casi 43 millones de pesos es por violaciones a la normativa en materia de protección de datos personales. Foto: Especial.

A punto de concluir el Mundial de Futbol 2026, un caso de negligencia y omisiones administrativas relacionadas con la liga doméstica se dio a conocer. La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno impuso a la Federación Mexicana de Futbol (FMF) una multa de casi 43 millones de pesos por violaciones a la normativa en materia de protección de datos personales relacionadas con el sistema Fan ID (el sistema de identificación digital y biométrica diseñado para registrar a las personas que asisten a eventos deportivos, con el objeto de fortalecer la seguridad y erradicar la violencia en los estadios). 

La resolución de la dependencia federal identificó dos infracciones principales, la primera, no informar de manera adecuada a los aficionados que las fotografías recabadas para generar el Fan ID constituían datos biométricos sensibles, y la segunda, no obtener el consentimiento expreso y por escrito de los titulares para tratar esa información. 

En concreto, la FMF recopiló fotografías de los aficionados para generar el Fan ID, pero en su aviso de privacidad no especificó que dichas imágenes constituyen datos personales sensibles, y la organización únicamente solicitó a los usuarios marcar una casilla en un sitio web para aceptar el tratamiento de sus datos, mecanismo que la autoridad consideró insuficiente al no incorporar firma autógrafa, firma electrónica u otro medio de autenticación. 

La multa evidencia un ecosistema institucional debilitado, donde la protección de datos personales quedó expuesta tras la desaparición del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y donde el Fan ID nació bajo advertencias que fueron ignoradas. 

En este caso, la sanción revela fallas estructurales en el tratamiento de datos sensibles por parte de la Femexfut  lo que propició que la autoridad concluyera que se cometieron infracciones graves como no informar de manera clara que las fotografías utilizadas para generar el Fan ID eran datos personales sensibles, lo que impedía que los aficionados entendieran el alcance real del tratamiento, así como no obtener el consentimiento expreso y por escrito, como exige la ley para datos biométricos, solamente pedían marcar una casilla en línea, sin firma autógrafa o electrónica. Estas omisiones son violaciones directas a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

Cuando nació el Fan ID lo hizo bajo advertencias técnicas y legales que no fueron atendidas. Se aprobó en 2023 (después de los hechos de violencia en el Estadio Corregidora de Querétaro). Las autoridades lo presentaron como una medida de seguridad para identificar aficionados y restringir acceso a personas violentas.  El INAI, entonces aún existente, alertó públicamente sobre riesgos de opacidad y falta de garantías en el tratamiento de datos biométricos, e incluso inició un procedimiento de sanción contra la FMF por el uso opaco de la aplicación. Las advertencias estaban ahí, pero ni la FMF ni la Liga MX ajustaron sus procesos para cumplir con estándares de consentimiento y transparencia.

El Fan ID surgió como respuesta de la FMF y la Liga MX a la violencia registrada en los estadios, luego de una pelea entre aficionados de Querétaro y Atlas. Se implementó un sistema masivo de reconocimiento biométrico para resolver un problema de seguridad pública sin que existiera, desde el inicio, la infraestructura jurídica y técnica para proteger esos datos. Priorizar la velocidad de implementación sobre el cumplimiento normativo es una decisión que ahora se paga con la sanción. Y algo que debe también preocuparnos es que la causa de fondo, la violencia en los estadios, sigue sin resolverse.

Con la desaparición del INAI se amplifica el impacto de la multa porque ahora no tenemos un órgano constitucional autónomo especializado en un caso que exige supervisión técnica. El proceso sancionador inició cuando el INAI aún existía, pero la resolución final ocurre en un contexto donde el órgano garante ya no está. Esto tiene varias implicaciones críticas. Para empezar, existe un vacío institucional ya que la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno asume funciones sancionadoras sin ser un órgano especializado en protección de datos; hay menor capacidad de vigilancia continua, sin el INAI, no hay una entidad autónoma que supervise el cumplimiento posterior de la FMF o de terceros como la empresa a la que le encargaron el desarrollo de la aplicación (Incode Technologies), y además se sienta un precedente peligroso porque si un actor privado poderoso incumple y la sanción llega tarde, sin un regulador técnico permanente, el incentivo para corregir prácticas es débil.

Durante la implementación del Fan ID la respuesta de la FMF fue defensiva y centrada en la narrativa de seguridad, no en la protección de datos; comunicaron que atenderían recomendaciones del INAI para la correcta implementación del Fan ID, pero no modificaron los elementos esenciales como clasificar las fotografías como datos sensibles, implementar mecanismos de consentimiento robusto y transparentar la relación con la empresa que diseñó la aplicación, así como el flujo de datos.

La comunicación pública de la FMF se enfocó en promover la aplicación como requisito para ingresar a estadios, sin explicar riesgos ni medidas de protección. Esto, en términos de gobernabilidad muestra una priorización de control y seguridad sobre derechos digitales.

Esta multa abre un frente de riesgos operativos para el deporte mexicano y las consecuencias no serán únicamente económicas porque estamos también ante un riesgo reputacional al quedar la FMF marcada como un actor que trató datos biométricos sin cumplir la ley, lo que la debe obligar a rediseñar avisos de privacidad, mecanismos de consentimiento y protocolos de seguridad. Además, la sanción se convierte en un caso emblemático sobre cómo el Estado puede, o no, regular tecnologías de identificación masiva. En un país sin órgano garante autónomo, este caso exhibe la fragilidad institucional para regular tecnologías biométricas en manos privadas.

La sanción a la FMF además de ser un castigo por malas prácticas es un recordatorio de cómo la ausencia de controles institucionales y la falta de transparencia pueden convertir una herramienta de seguridad en un riesgo para los derechos digitales. El Fan ID se aprobó sin garantías suficientes, se implementó ignorando advertencias técnicas y hoy se sanciona en un contexto donde el órgano especializado ya no existe.

El hecho de que la autoridad que hoy sanciona sea una dependencia del Ejecutivo, sin la separación institucional que tenía el INAI, obliga a evaluar con cautela si este tipo de resoluciones son un ejercicio consistente de rendición de cuentas o un caso puntual dentro de un sistema regulatorio con menor autonomía técnica que el anterior. La FMF cometió infracciones documentadas y verificables, y al mismo tiempo el entramado institucional que las vigila hoy es estructuralmente más débil en materia de independencia que el que existía cuando la medida se implementó.

Este caso representa una paradoja política. La sanción que hoy fortalece el derecho a la protección de datos personales fue posible gracias a una investigación iniciada por un órgano autónomo que ya no existe. Eso convierte al expediente del Fan ID en un caso de transición institucional que servirá para evaluar si el nuevo modelo de protección de datos mantiene el mismo nivel de independencia y rigor que caracterizó al INAI.


Sobre el autor

José de Jesús Gómez Valle es analista político. Profesor Investigador en el CUCSH de la UdeG. Contacta: jose.gomezvalle@gmail.com y en X: @jgomezvalle.

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Opinión

Un memorándum de absolución para el Siapa

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Un memorándum de absolución para el SIAPA

El Gobierno de Jalisco entregó ayer al Congreso del Estado un documento de 421 páginas. Lo llaman “Bases Técnicas para la Priorización de las Intervenciones Estratégicas para la Seguridad Hídrica del Área Metropolitana de Guadalajara”. Un título que, por sí solo, ya es una obra de ficción; hablamos de una obra maestra del ilusionismo institucional.

Porque resulta que las obras ya arrancaron. Doce días antes.

El 2 de julio, el Gobernador Pablo Lemus anunció 31 obras y acciones con 5 mil millones de pesos (mdp) de ejecución inmediata. La instrucción, según sus propias palabras, fue que “arrancáramos las obras de inmediato”. El 14 de julio —ayer— llegó al Congreso el documento que, según su propio texto, “no determina de manera anticipada las soluciones específicas”.

El orden natural de las cosas, en cualquier país con un mínimo de respeto por la planificación pública, es: diagnóstico, análisis, decisión, ejecución. Aquí el gobierno decidió invertir la secuencia: ejecución, y después, si acaso, el diagnóstico. Es como si un cirujano operara primero y, ya con el paciente abierto, pidiera los estudios.

La audacia del texto va mucho más allá de la cronología. Estamos frente a un artefacto diseñado para justificar infraestructura y evadir responsabilidades, redactado con un bisturí sintáctico asombroso. El documento de 89 mil 693 palabras revela su verdadero objetivo: no nombrar el problema. En todo ese océano de texto, hay exactamente siete valores porcentuales. Cero cifras monetarias. Cero cuantificación de pérdidas físicas, pese a que la palabra “pérdidas” aparece 97 veces. Cero menciones de plomo, mercurio, aluminio, metales pesados, coliformes, arsénico, microcistinas o cianobacterias. Cero.

El Gobierno de Jalisco entregó al Congreso un documento sobre una crisis de agua contaminada que nunca nombra un contaminante.

Tampoco nombra una colonia. La palabra “colonia” aparece una vez en 421 páginas. La Comisión Estatal de Derechos Humanos tiene registradas 600 colonias con agua turbia, con olor o contaminada. El gobierno dice que son 200. Una discrepancia de tres a uno.

Es fascinante cómo el Estado utiliza la gramática como mecanismo de absolución.

El documento está escrito en un tiempo verbal que los lingüistas llaman “futuro de la evasión”. Contiene 995 ocurrencias de “deberá” o “deberán”. Una cada 90 palabras. El sujeto de esas 995 obligaciones nunca se identifica. No hay una sola oración con la forma “X hará Y para la fecha Z con un costo de W”. Hay 995 oraciones con la forma “deberá hacerse Y”.

Es la gramática de la promesa sin responsable, del compromiso sin fecha, de la responsabilidad sin rostro; ni en las caricaturas habríamos visto algo similar.

Y, para que no quede duda de que nadie va a pagar las consecuencias, el documento repite 64 veces fórmulas como “no implica”, “no constituye” o “no representa”. Un documento que se exime de responsabilidad 64 veces no es un plan: es un blindaje legal con pretensiones de ingeniería.

El apartado 4.3 contiene lo que el documento llama su “Matriz estratégica de restricciones y capacidades”. Seis restricciones, seis capacidades. Cada capacidad es la negación gramatical de la restricción de la izquierda: si la restricción es “confiabilidad limitada”, la capacidad es “confiabilidad”. Es como si alguien escribiera “problema: tengo hambre; solución: no tener hambre”.

No hay jerarquía. No hay población afectada. No hay costo. No hay indicador.
Y, por supuesto, ninguna de las seis restricciones es la calidad del agua. La salud pública no aparece en ninguna de las veinticuatro celdas del único instrumento analítico del documento.

El texto define “restricción estructural” como “una condición que limita de manera recurrente la capacidad del sistema”. El sistema, dice el texto, es el paciente. Tuberías, plantas, tanques. Un objeto.

Los objetos no tienen voluntad, ni presupuesto, ni Junta de Gobierno, ni responsabilidad.

El documento registra 149 veces que “algo falla”. Siempre es un equipo. Las cosas fallan; las personas, nunca. Cero menciones de “omisión”. Cero “negligencia”. Cero “rezago”.

Las dos únicas veces que el documento nombra a un responsable, nombra al “personal responsable de la operación”. El operador de la válvula, no la Junta de Gobierno. No la Dirección General; mucho menos las Secretarías que encabezan el documento.

Es como si un capitán hundiera el barco y el informe de la tragedia dijera que “el agua entró”.

El documento tampoco menciona el artículo 115 de la Constitución, que asigna a los municipios el servicio público de agua potable. No menciona la Junta de Gobierno del Siapa. No menciona la Recomendación 10/2022 de la CEDHJ, incumplida cuatro años después. No menciona la Matriz de Indicadores para Resultados del Siapa, el instrumento legal que, por obligación, evaluaría su desempeño y resultados.

Esa MIR, por cierto, con un presupuesto de 6 mil 350 mdp, mide el derecho humano al agua con el volumen extraído. No contiene un solo indicador de calidad del agua. Su meta de eficiencia física es 72 por ciento, cuando el propio director del organismo declaró ante el Congreso que la eficiencia real es 50 por ciento.

El organismo puede cumplir su propósito al 100 por ciento mientras entrega agua contaminada a 600 colonias. De hecho, eso es exactamente lo que está ocurriendo.

Las Bases Técnicas no son un plan, aunque sí merecen su propio reconocimiento en el museo del cinismo. Son una justificación ex post, una racionalización de decisiones ya tomadas, un paraguas conceptual lo suficientemente amplio como para que cualquier obra ya decidida encuentre en él una “restricción estructural” que la justifique.

El documento no reduce la incertidumbre de la decisión. Reduce la exposición de quien la tomó: 421 páginas, 995 “deberá”, 64 exenciones de responsabilidad y cero pesos, entregadas doce días después de que las obras arrancaran. No es un diagnóstico. Es un certificado de impunidad con formato PDF.

Los cinco millones de habitantes del Área Metropolitana de Guadalajara (AMG) merecen algo más que un documento que no se atreve a nombrar lo que está pasando. Merecen un gobierno que entienda que el agua no se planea con futuros, menos con la paleta de colores de la “mejora continua”, el gerundio preferido de la gestión pública. El agua se puede y debe planificar con base en evidencia, porque la salud de las personas no es un accidente en el camino de las obras, sino el propósito mismo de cualquier política pública.

El documento de 421 páginas que el Gobierno de Jalisco entregó ayer al Congreso no es un diagnóstico: es una coartada. Tampoco es un plan: es una declaración de buenas intenciones redactada en modo condicional, con el sujeto borrado y las responsabilidades diluidas en el futuro perfecto de lo que “deberá” hacerse, algún día, por alguien que nunca se nombra.

El problema no es que el documento sea malo. El problema es que es exactamente lo que sus autores necesitaban que fuera: lo suficientemente técnico para parecer serio, lo suficientemente vago para no comprometer a nadie, y lo suficientemente extenso para agotar al lector antes de que note que no dice nada.

Mientras tanto, en 600 colonias del AMG, los tapatíos abrimos la llave y sale agua turbia, con olor, con metales que nadie mide, con bacterias que nadie nombra. Siete años de quejas, ahora sin número de registro. Una recomendación de la CEDHJ incumplida. Una eficiencia física que cayó 11 puntos en ocho años. Y un gobierno que entrega al Congreso, doce días después de arrancar las obras, un documento que dice que las decisiones se tomarán después.

El agua no espera. La salud no espera. La verdad tampoco.

Lo que el Congreso debería hacer con estas Bases Técnicas es sencillo: devolverlas al Ejecutivo con una sola instrucción: que las reescriban, esta vez con datos, con responsables, con plazos, con indicadores que se puedan validar y con el nombre de las 600 colonias que hoy beben agua que no deberían beber.

Un gobierno que no puede nombrar el problema tampoco puede resolverlo; y un documento que se exime 64 veces de responsabilidad no es un instrumento de planeación: es un memorándum de absolución.


Sobre el autor

Sergio E. Gómez Partida es consultor en evaluación, gestión para resultados y planificación en sectores público y privado. Información de contacto: sgpartida@gmail.com; en X: @SergioGmezP.

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