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Abren consulta pública sobre derechos de las audiencias en medios de comunicación

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Abren consulta pública sobre derechos de las audiencias en medios de comunicación
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones abrió una consulta pública sobre los lineamientos para proteger los derechos de las audiencias. Imagen: Siker / IA.

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) abrió una consulta pública para definir los lineamientos generales que garantizarán la protección de los derechos de las audiencias, como parte de la nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

El proceso permanecerá abierto del 27 de julio al 21 de agosto y permitirá la participación de audiencias, concesionarios, instituciones académicas y organizaciones de la sociedad civil.

La ciudadanía podrá participar hasta el 21 de agosto

Durante la conferencia matutina, la Presidenta Claudia Sheinbaum explicó que la consulta busca recoger opiniones de todos los sectores relacionados con la radio y la televisión.

“La consulta pública que se está emitiendo es tanto para las empresas que se dedican a la telecomunicación como para las personas”, detalló la mandataria nacional.

“Para que todos podamos participar en la definición de estos lineamientos, desde quienes tienen una radio comunitaria hasta las grandes empresas o la ciudadanía en general”.

Las personas interesadas podrán enviar sus propuestas a través del portal portal.crt.gob.mx/consultapublica.

Gobierno descarta que lineamientos impliquen censura

Sheinbaum aseguró que los nuevos lineamientos no buscan restringir la libertad de expresión, sino fortalecer mecanismos de autorregulación en los medios de comunicación.

“No es estar multando. El objetivo, si se fijan, es un proceso de autorregulación del medio, porque el medio nombra a su propio regulador o defensor de audiencias”, señaló.

Por su parte, la consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Luisa María Alcalde, explicó que los lineamientos precisan los conceptos establecidos en la ley para evitar interpretaciones discrecionales.

Indicó que las disposiciones serán obligatorias para concesionarias de televisión abierta, radio, televisión y audio de paga, así como para programadoras de uso comercial, público y social.

Puntualizó que estos lineamientos:

1. Definen cuáles son los derechos de las audiencias y las responsabilidades de los medios:

Recibir información veraz y oportuna: No difundir información falsa, descontextualizada o información histórica como si fuera actual.

Distinguir entre información noticiosa y opinión: Garantizar la distinción entre noticia y opinión por medio de menciones, mensajes en pantalla, cortinillas o plecas.

Distinguir entre publicidad y contenido: Asegurar la diferencia entre publicidad y contenido a través de menciones, mensajes en pantalla o plecas.

Derecho de réplica: Los medios deberán informar, al menos en su portal de internet, que las audiencias tienen derecho de réplica cuando se publiquen o difundan hechos de su persona que consideren inexactos o falsos.

Audiencias con Discapacidad: Contar con servicios de Accesibilidad a personas con debilidad auditiva y contar con representaciones visuales respetuosas e inclusivas.

2. Obliga a los medios a contar con un Código de Ética y a designar personas defensoras de las audiencias:

En el Código de Ética debe haber mención expresa de los derechos de las audiencias; definir el procedimiento para presentar quejas ante la persona defensora de las audiencias; criterios editoriales y valores que aseguren que al difundir información noticiosa se cuenta con elementos para concluir que la información es veraz; y mecanismos para la designación de la persona defensora.

Sobre la Defensoría de audiencias: en el caso de radios y televisoras comunitarias, indígenas y afromexicanas, la persona defensora deberá provenir de la misma comunidad; las personas defensoras deberán regirse por los principios de imparcialidad, independencia, objetividad y transparencia; no deberán tener conflicto de interés; se designará al menos una persona defensora por concesionaria, siempre que se cumpla la atención de las quejas en los plazos de los lineamientos y tendrán a su cargo la atención de las quejas presentadas por las audiencias. Si los defensores no cumplen con la atención de las quejas en los plazos, la CRT requerirá que designen a más defensores.

3. Contempla mecanismos de protección a través de quejas: Se presenta la queja, la defensoría la recibe y pide un informe, si se vulneraron los derechos emite recomendaciones al medio, que en caso de no ser atendidas o de que la audiencia considere que no se restituyeron sus derechos, la Comisión Reguladora intervendrá y se impondrán, conforme lo determina la ley, sanciones y multas económicas.

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