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Opinión

¿Derecho de protección de datos de personas fallecidas?

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Por Beatriz Adriana Hernández Portillo*

La consecuencia de la muerte de las personas es la extinción de la personalidad jurídica (art. 19 Del Código Civil del Estado de Jalisco). Sin embargo, ciertos derechos subsisten después de la muerte, casi todos por motivos de orden moral, derechos de terceros y buenas costumbres (art. 25 Del Código Civil del de Jalisco). La subsistencia de estos derechos, un nuevo orden constitucional y el desarrollo que ha tenido en los últimos años el derecho a la información pública plantea la necesidad de proteger, mediante mecanismos legales, aquellos derechos subsistentes de las personas fallecidas.

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A pesar que el derecho a la protección de los datos personales se encuentra consagrado en la Constitución Mexicana, en la del estado de Jalisco y en leyes secundarias, en el estado aun no existe una ley reglamentaria del derecho de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados, por lo que actualmente los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación u Oposición (ARCO) son regulados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios (LTAIPEJM) y su Reglamento (RLTAIPEJM) teniendo como consecuencia que los mecanismos o procedimiento para su ejercicio en el supuesto de los datos personales de fallecidos no parecen ser suficientes o claros al momento de ejercerlos y hacerlos efectivos.

Los derechos ARCO tienen que ver con la personalidad de los seres humanos, y aunque puede pensarse que se extinguen con su muerte, no se extingue la subsistencia del interés jurídico sobre ellos, ya que existen derechos que tienen vigencia después de la muerte, ya que una persona durante su vida fue titular de estos derechos y si bien, con su muerte no puede ejercerse por el titular, sí es posible la tutela posterior a su fallecimiento frente a cualquier intromisión no legitimada (Cordero, 2012: 476)

Montoro señala que la sustitución mortis causa es el supuesto por el cual un tercero puede actuar a nombre de otro y precisa “algunos derechos -señaladamente los derechos al honor, a la intimidad y a la propia imagen- pueden tener eficacia post mortem y en esos casos serán los familiares los que pueden acudir en amparo de su defensa”. (Montoro, 2003:174) y el RLTAIPEJM en su 17 en caso de que el titular de la información hubiese fallecido, podrá presentar la solicitud de protección de información,  el cónyuge supérstite,  descendientes, ascendientes  y parientes colaterales hasta el cuarto grado, lo que nos lleva al siguiente cuestionamiento:

¿Cómo llevan a cabo los sujetos obligados en Jalisco, el procedimiento para el ejercicio de los derechos ARCO de los datos personales de fallecidos?

El procedimiento para el ejercicio de los derechos ARCO en Jalisco es conocido como procedimiento de protección de información confidencial y debe ser solventado por el Comité de Transparencia de los sujetos obligados de acuerdo con la norma aplicable en el Estado de Jalisco.

En un estudio que realice a 8 sujetos obligados del gobierno del Estado de Jalisco que tratan con datos personales de fallecidos y cuyos servicios estén vinculados con la salud y seguridad social en relación a los procedimientos que se llevaron a cabo del 2013 a febrero de 2016, resulto que 4 de ellos (Comisión de Arbitraje Médico del Estado de Jalisco, Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses, Sistema Estatal de Ahorro para el Retiro y Consejo Estatal de Trasplantes de Órganos y Tejidos) no llevaron a cabo este tipo de procedimientos, mientras que los otros 4 (Secretaría de Salud, el Hospital Civil de Guadalajara, Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco y Instituto Jalisciense de Cancerología) si.

En los sujetos obligados que si resolvieron solicitudes de ejercicio de derechos ARCO de fallecidos, solo se ejerció el derecho de acceso, lo que quiere decir que el resto de los derechos no fueron ejercidos en ninguno de los ocho sujetos obligados.

En total se recibieron 85 solicitudes en los 4 sujetos obligados, siendo recibidas el 81.17% en el Hospital Civil de Guadalajara, lo que quiere decir que la información más solicitada tiene que ver con cuestiones de salud del fallecido, además que el 94.11% fueron presentadas por comparecencia ante el sujeto obligado, además, cabe resaltar que solo en el Instituto Jalisciense de Cancerología resuelve el Comité de Transparencia tal y como lo señala la ley.

En general el derecho de acceso a datos personales de fallecidos fue ejercido por el o la cónyuge supérstite y parientes en primer y segundo grado, presentando actas del registro civil (de nacimiento, matrimonio y defunción) e identificaciones oficiales para acreditar su personalidad.

Actualmente, debido a lagunas normativas y procedimentales, falta de capacitación en materia de derechos humanos y derecho de protección de datos personales e inadecuada interpretación del poco marco normativo existente los sujetos obligados resuelven bajo criterios diferenciados, violentando este derecho  en algunos de los casos y generando desigualdad en el ejercicio de los mismos.

 

Referencias

Cordero, Á. (2012). La protección del derecho al honor, a la intimidad ya la propia imagen en el tráfico privado internacional. Madrid.

Montoro, A. J. G. (2003). El interés legítimo para recurrir en amparo: La experiencia del Tribunal Constitucional español. Cuestiones constitucionales: revista mexicana de derecho constitucional, (9), 6.

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.

Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.

 

*Es maestra en Transparencia y Protección de Datos Personales. Especialista en protección de datos personales.

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Guadalajara y su caótico transporte público. Parte 3

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Guadalajara y su caótico transporte. Parte 3, escribe Sergio E. Gómez Partida

En Jalisco, durante años, los gobiernos de todos los colores han repetido la misma liturgia burocrática: más rutas, más unidades, más inversión, más modernización.
Cambian los logotipos, las campañas y las promesas, pero el viacrucis del usuario permanece intacto. El caos ya no es una falla del sistema. El caos es el sistema.

La burocracia mexicana posee una habilidad admirable para medir aquello que menos importa. Nos dicen cuántos millones se invirtieron, cuántos camiones se compraron o cuántos kilómetros se “modernizaron”. Pero evitan cuidadosamente responder las preguntas incómodas: ¿cuántas horas pierde una persona cada semana esperando un camión que nunca pasó?, ¿cuántas mujeres sienten miedo al regresar de noche en transporte público?, ¿cuántos usuarios terminan viajando hacinados como mercancía de traslado y no como ciudadanos?, ¿cuántas personas renunciaron al transporte público por su pésimo servicio?

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Una política pública que mide únicamente el gasto o el esfuerzo, pero ignora el resultado, termina confundiendo movimiento con progreso. Guadalajara lleva años moviéndose en círculos.

El transporte público es, por naturaleza, un monopolio natural. El usuario no puede “cambiar de proveedor” cuando la ruta falla. Si el camión no pasa, pasa lleno o simplemente ignora la parada, el ciudadano queda atrapado. Esa asimetría obliga al Estado a regular con firmeza. El problema es que aquí la regulación parece haberse diseñado con la delicadeza del pétalo de una rosa en la mano pública de quien no quiere incomodar a nadie, especialmente a los concesionarios.
Es una de las grandes contradicciones del modelo tapatío: los subsidios multimillonarios entregados a empresas privadas que operan el servicio sin que existan mecanismos serios y transparentes de evaluación del desempeño-resultados se convierten en incentivos perversos. La lógica termina siendo tan absurda como predecible: si el concesionario sabe que el dinero llegará de cualquier manera, ¿para qué mejorar el servicio?, ¿para qué invertir en mantenimiento?, ¿para qué capacitar operadores?, ¿para qué reducir tiempos de espera o evitar sobrecupos? El subsidio deja de ser una herramienta de equilibrio social y se convierte en premio institucional a la mediocridad.

Bajo este esquema, se socializan las pérdidas y se privatizan las ganancias. El ciudadano financia el sistema mediante impuestos o tarifa, soporta el mal servicio y todavía debe agradecer que el camión aparezca. Una obra maestra de la administración pública latinoamericana: convertir al usuario en rehén financiero de su propio deterioro.

Mientras tanto, la autoridad presume convenios “innovadores”. Hace apenas unos días, la Secretaría de Transporte de Jalisco anunció un acuerdo con Uber para otorgar traslados gratuitos a mujeres en situación de violencia. La medida fue presentada como un avance humanitario. Y en el caso individual, ciertamente puede representar ayuda urgente para muchas mujeres. El problema no está en la víctima. El problema es el mensaje político detrás de la solución. El Estado acaba admitiendo, sin decirlo abiertamente, que el propio sistema público que regula no puede garantizar seguridad mínima a las personas.
La solución no consistió en mejorar paraderos, iluminar zonas inseguras, aumentar frecuencias nocturnas o profesionalizar operadores. No. La salida rápida fue delegar la responsabilidad a una aplicación privada que cobra tarifas elevadas, se apropia de 1/3 del valor del negocio sin asumir riesgo ni inversión y llena el vacío dejado por el desastre institucional.
La ironía es clara: después de décadas hablando de fortalecer el transporte público, la solución oficial parece resumirse en una frase vergonzosa y simple: “si el camión no sirve, tome Uber”. Hablamos de una versión gubernamental de poner cubetas cuando el techo lleva veinte años colapsándose.

La violencia en el transporte no comienza cuando aparece un delito. Comienza mucho antes, como lo señalaba Galtung: la violencia estructural empieza cuando el Estado falla y una persona debe esperar cuarenta minutos en una parada oscura. Empieza cuando una unidad va tan saturada que el cuerpo deja de tener espacio propio y, si logra entrar, asume las condiciones de un cuadrúpedo en traslado al matadero. Por eso resulta tan revelador que los funcionarios presuman reuniones, adquisiciones o videos estéticamente editados en sus redes sociales; el secuestro comunicacional cosmético es parte del mismo caos y pasa en todos los sectores de la vida pública. Sucede que medir resultados obliga a rendir cuentas. Y rendir cuentas arruina muchas narrativas oficiales.

La tragedia de Guadalajara no es solamente técnica. Es moral. Una ciudad revela sus verdaderas prioridades en la manera en que mueve a quienes la sostienen todos los días. No en los renders futuristas, no en los discursos sobre innovación, no en las conferencias llenas de Canvas y adjetivos motivacionales. Una ciudad se define por el respeto que tiene hacia el tiempo, la seguridad y el agotamiento de su gente.
La pregunta ya no es si el sistema necesita cambios. Eso resulta evidente incluso para quienes jamás se han subido a un camión… que casualmente suelen ser quienes diseñan buena parte de estas políticas públicas. La verdadera pregunta es cuánto tiempo más seguiremos confundiendo subsidios con soluciones, ocurrencias mediáticas con transformación y movilidad con simple capacidad de sobrevivir al trayecto diario. Cuando una ciudad normaliza que trasladarse sea una forma cotidiana de desgaste, termina erosionando algo más profundo que la eficiencia urbana: erosiona la confianza pública.


Sobre el autor

Sergio E. Gómez Partida es consultor en evaluación, gestión para resultados y planificación en sectores público y privado. Información de contacto: sgpartida@gmail.com; en X: @SergioGmezP.

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México: Un Estado capturado y erosionado

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México, un estado capturado y erosionado

El Estado surgió entre los siglos 16 y 18 como solución a la violencia feudal, a las guerras incitadas por la religión y a la excesiva dispersión del poder. Cuando los individuos se reunieron para constituir una entidad soberana, en la cual delegaron un poder absoluto sobre ellos, lo hicieron para protegerse y poder vivir con seguridad en sus bienes y en su persona.

Surgió así el Estado con la promesa fundacional de centralizar autoridad, monopolizar la violencia legítima y producir previsibilidad para enfrentar entornos inestables e inciertos. La teoría política lo concibe como un aparato racional diseñado para limitar y regular conductas, contener el caos y garantizar seguridad, impuestos y justicia.

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El Estado moderno en México, y el que sentó las bases para lo que tenemos en la actualidad, surgió después de la Revolución iniciada en 1910, de ahí surgió un régimen para controlar el proceso de distribución del poder político y las instituciones que buscaban materializar los preceptos del proceso revolucionario. Conocidos estos antecedentes, ¿cómo podemos clasificar en la actualidad al Estado mexicano? De un tiempo a esta parte se han suscitado debates en torno a la eficacia y funcionalidad del Estado en nuestro país. Algunos consideran que estamos en un Estado fallido. Yo no soy de los que piensan así. 

Un Estado fallido se materializa cuando se ha perdido por completo la capacidad de ejercer control efectivo sobre el territorio, garantizar seguridad básica, monopolizar el uso legítimo de la fuerza y sostener instituciones funcionales. En el caso de México, aplicar esa categoría exige mesura en el análisis, porque el país todavía mantiene capacidades firmes en materia fiscal, diplomática, financiera y administrativa. Lo que no se puede negar es que existen ciertos episodios que muestran zonas de fragilidad institucional, captura criminal y erosión de la potestad operativa que alimentan ese debate.

¿Qué es lo que estimula esa narrativa? Dos casos recientes han sido utilizados para estimularla.  Las versiones sobre una presunta participación de la Agencia Central de Inteligencia (CIA, por sus siglas en inglés) en operaciones vinculadas con Chihuahua y las acusaciones políticas y judiciales contra Rubén Rocha Moya en el contexto de investigaciones criminales impulsadas desde Estados Unidos (sobre lo cual escribí en mi colaboración anterior). Ambos episodios permiten analizar qué dimensiones de la gobernabilidad muestran deterioro. 

El problema aparece en la desigualdad territorial del poder del Estado. Hay regiones donde grupos criminales ejercen funciones propias del Estado tales como control social, seguridad, movilidad, tributaciones, economía local y coerción. Esa fragmentación parcial del monopolio de la fuerza genera percepciones de que el Estado no mantiene con éxito ciertas atribuciones que le son propias. Por ello, una categoría más precisa para México sería la de un Estado con capacidades erosionadas en ciertas regiones. 

Hasta el momento, no existe todavía evidencia pública concluyente que pruebe una intervención unilateral abierta de la CIA en Chihuahua fuera de los mecanismos de cooperación bilateral en seguridad. Sin embargo, el simple hecho de que esas versiones resulten creíbles para amplios sectores sociales revela una pérdida de confianza en la autonomía operativa del Estado mexicano, y ahí habita un punto nodal de la gobernabilidad, porque cuando un Estado no logra convencer plenamente de que controla su seguridad interior, se abre espacio para narrativas de tutela externa. Si bien es cierto que la cooperación entre México y Estados Unidos en inteligencia no es nueva y que existe desde hace décadas en temas de narcotráfico, terrorismo, lavado de dinero y tráfico de armas, el problema surge cuando la cooperación no es del todo transparente y alimenta posibilidades de opacidad, las autoridades mexicanas se perciben como subordinadas y las agencias extranjeras parecen tener más capacidad de investigación que las instituciones locales.

Por otro lado, las acusaciones y señalamientos en contra de Rubén Rocha Moya deben analizarse bajo las ópticas jurídicas y políticas. Hasta ahora, muchas versiones han circulado en medios, columnas y rumores vinculados a investigaciones estadounidenses sobre narcotráfico y redes de protección política. No obstante, todavía no existe una sentencia judicial firme que pruebe responsabilidad penal directa del gobernador, pero el daño político no depende exclusivamente de una condena judicial. En materia de gobernabilidad, la percepción pública importa, y mucho, porque impacta la legitimidad institucional.

En el caso Rocha Moya se perciben, por lo menos, tres aristas. La dificultad para separar poder político y estructuras criminales en regiones históricamente penetradas por el narcotráfico; la dependencia creciente de información e investigaciones provenientes de Estados Unidos, y la debilidad de las capacidades mexicanas para cerrar rápidamente controversias mediante investigaciones transparentes y creíbles. Cuando las acusaciones más graves sobre actores políticos mexicanos parecen investigarse más enérgicamente fuera del país que dentro del mismo, surge una percepción de vacío institucional o de encubrimiento, ambos igual de graves. Eso fortalece la narrativa de fragilidad estatal.

Estos dos botones de muestra nos revelan que un grave riesgo para la gobernabilidad mexicana es la normalización gradual de esquemas excepcionales como la dependencia de inteligencia extranjera; la existencia de gobiernos subnacionales colonizados y condicionados por grupos del crimen organizado, así como la normalización y aceptación social de que existen zonas en donde la ley opera parcialmente. Todo ello conlleva una erosión gradual de la legitimidad institucional del Estado.

En términos prospectivos, el desafío para el Estado mexicano no es sólo combatir al crimen organizado, sino reconstruir capacidad institucional civil, credibilidad judicial y soberanía operativa. Si esos elementos no se fortalecen, la discusión sobre un Estado fallido seguirá apareciendo cada vez que surjan casos donde el poder criminal, la presión estadounidense y la fragilidad política parezcan cruzarse.

Siguiendo los criterios clásicos, México no es un Estado fallido, pero exhibe con progresiva claridad los síntomas de un Estado disfuncional, capturado y erosionado con regiones en donde el crimen organizado cogobierna y el gobierno no puede o no quiere ejercer su potestad y atribuciones. 


Sobre el autor

José de Jesús Gómez Valle es analista político. Profesor Investigador en el CUCSH de la UdeG. Contacta: jose.gomezvalle@gmail.com y en X: @jgomezvalle.

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