Aprueban polémica reforma electoral sobre paridad de género en Jalisco

La reforma electoral, impulsada por el gobernador Enrique Alfaro Ramírez, que aborda la paridad de género, fue aprobada ayer en el Congreso local.
26 votos a favor de los partidos Movimiento Ciudadano (MC), Partido Acción Nacional (PAN) y Partido Revolucionario Institucional (PRI) consiguió la reforma.
Sin embargo, la oposición morenista llevará el caso a los tribunales, argumentando que esta reforma representa un retroceso para las mujeres.
Morena, Hagamos y Futuro exigían que la reforma estableciera un bloque con los 10 municipios más poblados, asignando candidaturas de manera equitativa entre hombres y mujeres. Pero esto no se tomó en cuenta.
La reforma establece un nuevo modelo de postulación de candidaturas basado en la división de los 125 municipios del estado en bloques, siguiendo una serie de criterios específicos. En primer lugar, cada partido político debe ordenar los 20 municipios más poblados de Jalisco, de mayor a menor, teniendo en cuenta los resultados de votación válida obtenidos en el proceso electoral anterior.
Estos 20 municipios se dividen en dos bloques de diez, y en cada uno de ellos, los primeros cinco municipios deben contar con al menos dos planillas del mismo género. Además, los restantes 105 municipios se enlistan de mayor a menor, según el porcentaje de votación válida obtenido en el proceso anterior, dividiéndolos en tres bloques: Alto, Medio y Libre.
Dentro de los bloques Alto y Medio, se exige que cada partido postule un 50 por ciento de planillas del género femenino. En el caso del bloque Medio y los municipios donde no se presenten planillas, se permite a los partidos elegir libremente un 50 por ciento de planillas del mismo género.
En situaciones de coalición total, es decir, cuando dos o más partidos presentan todas sus candidaturas bajo una misma plataforma, se exige que la mitad de las candidaturas sea encabezada por mujeres.
Por otro lado, en las coaliciones parciales, cuando dos o más partidos presentan al menos el 50 por ciento o 25 por ciento de las candidaturas en conjunto, se debe garantizar la paridad de género tanto en las candidaturas en coalición como en las individuales de cada partido.
Además, se establecen disposiciones relacionadas con las diputaciones plurinominales, donde los partidos deben presentar una lista de 18 candidaturas para representación proporcional, alternando géneros y asegurando que cuando el Congreso esté compuesto en su mayoría por mujeres, la lista inicie con un hombre, y viceversa.
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